Requisitos de la Empresa
Para poder solicitar esta línea de financiación, tu empresa debe cumplir los siguientes requisitos
- Estar válidamente constituida, tener personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.
- Desarrollar el proyecto de I+D en España.
- Formas jurídicas admitidas: sociedades de capital (S.L., S.A., sociedad comanditaria por acciones) y, en general, cualquier entidad cuya actividad principal sea económica, como sociedades agrarias de transformación, sociedades cooperativas, sociedades laborales, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.
- Asociaciones y fundaciones: únicamente si ejercen una actividad económica de forma regular y están dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas con al menos dos años de antelación a la fecha de solicitud.
- No mantener deudas de reembolso con el CDTI por ayudas anteriores, ni la empresa ni el grupo al que pertenezca (art. 42 del Código de Comercio).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; es requisito para formalizar la ayuda.
- Cumplir los plazos de pago a proveedores previstos en la Ley 3/2004, acreditado mediante declaración responsable.
- Aportar el certificado de titularidad real emitido por el Registro Mercantil o por el Registro Central de Titularidades Reales. Exigible a las solicitudes presentadas a partir del 1 de marzo de 2026.
- Proyectos Orientados (tipología g): encontrarse, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria). Si la empresa consolida cuentas, se atiende a la calificación del grupo.
- Cooperación Nacional (tipología b): consorcio de dos a seis empresas, al menos una pyme y al menos dos autónomas entre sí, formalizado mediante acuerdo privado de colaboración firmado y con una empresa coordinadora designada. Ninguna empresa autónoma puede superar el 70 % del presupuesto total elegible.
- No existe restricción de sector ni de tecnología a desarrollar.

