Requisitos de la Empresa
Para poder solicitar esta línea de financiación, tu empresa debe cumplir los siguientes requisitos
- Ser una sociedad constituida con personalidad jurídica propia.
- Ser pyme (menos de 250 empleados y volumen de negocio no superior a 50 millones de euros o balance general no superior a 43 millones de euros) o small midcap (no más de 499 empleados y volumen de negocio no superior a 100 millones de euros o balance general no superior a 86 millones de euros).
- La actuación financiada debe realizarse en Cataluña: si se trata de un proyecto de inversión, la inversión debe ejecutarse en Cataluña; en el resto de actuaciones, el establecimiento operativo donde se desarrolle la actuación debe estar ubicado en Cataluña. No basta con tener el domicilio fiscal en Cataluña si la actuación se desarrolla fuera.
- El **proyecto **debe perseguir al menos uno de estos objetivos: aumentar la inversión productiva (adquisición de activos productivos o expansión de instalaciones productivas), impulsar la competitividad (crecimiento de ingresos, crecimiento de las ventas internacionales o aumento de márgenes / nuevos productos con margen superior a la media) o fomentar el mantenimiento y la creación de ocupación (crecimiento de la plantilla).
- Los elementos de inversión no pueden estar recepcionados físicamente ni ejecutados en su totalidad en la fecha de aprobación del préstamo por parte de IFEM.
- Son elegibles empresas de todos los sectores, excepto pesca y acuicultura, producción agrícola primaria (salvo que el proyecto se destine únicamente a inversiones de transformación o comercialización de productos agrícolas) y actividades directamente vinculadas a la exportación.
- Si la actuación afecta a varias empresas vinculadas, todas ellas deben acreditar el cumplimiento de estos requisitos.
- Se valora la capacidad de retorno de la empresa antes de aprobar la operación. Las siguientes situaciones, aunque no figuran como causa expresa de exclusión en la normativa de la línea, determinan en la práctica la denegación de la solicitud:
- No tener fondos propios negativos ni estar incursa en causa de disolución por pérdidas en la fecha de la solicitud.
- No haber registrado pérdidas continuadas en los tres últimos ejercicios cerrados.
- Disponer de capacidad económica suficiente para atender todas las obligaciones derivadas de la financiación y de los recursos necesarios para desarrollar la actividad de forma continua.
- No constar en registros de morosidad (RAI, ASNEF o similares) ni tener incidencias de crédito con el grupo ICF.
- En la práctica esto exige disponer al menos de dos ejercicios cerrados, para poder valorar la evolución de los fondos propios y de los resultados.

