Requisitos de la Empresa
Para poder solicitar esta línea de financiación, tu empresa debe cumplir los siguientes requisitos
- Ser pyme válidamente constituida en el momento de la solicitud:
- Pequeña empresa: Ocupar a menos de 50 empleados y tener un volumen de negocio anual o balance general anual inferior a 10 millones de euros.
- Mediana empresa: Ocupar a menos de 250 empleados y tener un volumen de negocio anual que no exceda de 50 millones de euros o un balance general anual que no exceda de 43 millones de euros.
- Tener un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid desde el que se desarrollen las actividades y ejercer de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado.
- Pertenecer preferentemente a sectores tradicionales, no ser productoras de tecnología y cuyo modelo de negocio no esté basado en el desarrollo y uso intensivo de tecnología.
- No desarrollar actividades en los siguientes sectores y CNAE-2009:
- Sección G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas (excluidas todas las divisiones, grupos y clases).
- Sección J: Información y comunicaciones. Para la Actuación 10 (desarrollo de software), quedan excluidas las empresas de las divisiones 61: Telecomunicaciones; 62: Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; y 63: Servicios de información.
- Sección K: Actividades financieras y de seguros (excluidas todas las divisiones, grupos y clases).
- Sección L: Actividades inmobiliarias (excluidas todas las divisiones, grupos y clases).
- No podrán ser beneficiarias:
- Empresas jóvenes innovadoras de base tecnológica (start-ups o spin-offs), definidas como sociedades mercantiles con una antigüedad máxima de 5 años.
- Pymes pertenecientes a sectores comerciales.
- Personas físicas, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, sociedades civiles y comunidades de bienes.
- Entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.

