Requisitos de la Empresa
Para poder solicitar esta línea de financiación, tu empresa debe cumplir los siguientes requisitos
- Ser una sociedad constituida con personalidad jurídica propia o autónomo, o ser una entidad en proceso de constitución (con proyecto de estatutos).
- Realizar un proyecto de inversión para la puesta en marcha de una nueva actividad en la Comunidad de Castilla y León.
- Se considera actividad nueva si, a fecha de solicitud, no se ha emitido ninguna factura por dicha actividad.
- Tener el centro de trabajo o instalación en la Comunidad de Castilla y León.
- Los proyectos serán elegibles en tanto se encuadren en alguno de los siguientes sectores:
- Sección B. Industrias extractivas.
- Sección C. Industria manufacturera, con las siguientes exclusiones:
- División 10: Industria alimentaria, salvo la producción de hielo comestible.
- División 11: Fabricación de bebidas.
- División 12: Industria del tabaco.
- Grupo 25.3: Fabricación de armas y municiones.
- Grupo 30.1: Construcción naval.
- Sección E. Gestión de residuos y descontaminación, exclusivamente:
- Grupos 38.1 y 38.2: Recogida y valorización de residuos.
- División 39: Actividades de descontaminación.
- Sección F. Construcción, únicamente:
- División 43: Actividades de construcción especializada, excepto el grupo 43.6 (intermediación).
- Sección G. Comercio al por mayor y al por menor, con las siguientes exclusiones:
- Grupo 46.1: Intermediarios del comercio al por mayor.
- Grupo 46.2: Comercio al por mayor de materias primas agrarias y animales vivos.
- Grupo 46.3: Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- Grupo 46.81: Comercio al por mayor de combustibles.
- Grupo 47.26: Comercio al por menor de productos del tabaco.
- Grupo 47.30: Comercio al por menor de combustibles para automoción.
- Grupo 47.92: Intermediación en comercio al por menor especializado.
- Además, no son subvencionables los comercios al por menor no realizados en establecimientos permanentes.
- Sección I. Hostelería, exclusivamente:
- División 55: Establecimientos hoteleros y de turismo rural conforme a la Ley 14/2010, de Turismo de Castilla y León.
- Actividades de turismo activo conforme a la normativa autonómica.
- División 55.3: Campings y aparcamientos para caravanas.
- Clase 56.11: Restaurantes conforme a normativa autonómica.
- Sección J. Información y comunicaciones, aplicable a actividades de edición, radiodifusión y producción/distribución de contenidos.
- Sección K. Servicios informáticos y de telecomunicaciones, con la exclusión del Grupo 61.2 (reventa e intermediación de telecomunicaciones).
- Sección N. Actividades profesionales, científicas y técnicas.
- Sección O. Actividades administrativas y servicios auxiliares.
- Sección Q. Educación, únicamente:
- División 85.1: Educación preprimaria.
- División 85.5: Otra educación, siempre que se realice en locales afectos dedicados a esa actividad.
- Sección R. Sanidad y asistencia social, aplicable a:
- División 86.9: Otras actividades sanitarias.
- División 87.3: Asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores o con discapacidad.
- División 88: Servicios sociales sin alojamiento.
- Sección S. Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, excepto la División 92 (juegos de azar y apuestas).
- Sección T. Otros servicios, exclusivamente:
- División 95: Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales, electrodomésticos y vehículos.
- División 96: Servicios personales.
- Quedan excluidas:
- Comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro.
- Proyectos de inversión para actividades competencia de la Consejería de Agricultura y Ganadería.
- Entidades cuya actividad principal esté relacionada con la pesca y acuicultura, la producción primaria de productos agrícolas, la transformación o comercialización de productos agrícolas, las actividades directamente vinculadas a la exportación a terceros países o Estados miembros (incluyendo redes de distribución y promoción exterior), o la fabricación, transformación o comercialización de tabaco y productos del tabaco.
- Actividades de alquiler incluidas en la división 77 de la sección O del CNAE.
- Personas físicas que hayan desarrollado la misma actividad como autónomos en los dos años anteriores a la solicitud.
- Personas jurídicas en las que más del 50% del capital social sea de personas (físicas o jurídicas) que hayan desarrollado la misma actividad en los dos años anteriores.

