Requisitos de la Empresa
Para poder solicitar esta línea de financiación, tu empresa debe cumplir los siguientes requisitos
- Ser persona jurídica que cumpla simultáneamente la definición de startup (empresa emergente) del artículo 3 de la Ley 28/2022, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011:
- Ser de nueva creación o no haber transcurrido más de 5 años desde la inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas competente (7 años en biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos, o si desarrolla tecnología propia diseñada íntegramente en España).
- No surgir de una operación de fusión, escisión o transformación (incluidas concentración y segregación) de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.
- No distribuir ni haber distribuido dividendos (ni retornos, en el caso de cooperativas).
- No cotizar en un mercado regulado.
- Tener sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
- Tener al 60 % del personal con contrato laboral en España (en cooperativas se computan a estos efectos los socios trabajadores y los socios de trabajo con relación societaria).
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador con modelo de negocio escalable.
- Ser startup gallega o con un centro de trabajo en Galicia.
- Acreditar además, al menos una de estas condiciones en el momento de solicitar la ayuda:
- Disponer de la certificación de ENISA prevista en la Ley 28/2022 (su posesión en vigor acredita también todos los requisitos anteriores).
- Acreditar la calificación de Iniciativa de Empleo de Base Tecnológica (EIBT) de la Xunta de Galicia.
- Haber participado en algún proceso de aceleración en iniciativas con participación pública de la Xunta de Galicia (Viagalicia, BFAuto, BFAero, BFFood, BFClimatech, Turislab, Galicia Avanza).
- Acreditar, mediante certificado del centro de origen, el carácter de spin-off de universidades, centros de FP o centros tecnológicos.
- Estar inscrita en el Registro de Pymes Innovadoras del Ministerio de Ciencia e Innovación.
- Disponer de la certificación EA 0047:2015 (pyme innovadora) o EA 0043:2015 (joven empresa innovadora).
- Disponer de la marca EIBT de empresa innovadora de base tecnológica otorgada por ANCES.
- Si la empresa pertenece a un grupo de empresas (artículo 42 del Código de Comercio), el grupo o cada una de las empresas que lo componen debe cumplir todos los requisitos anteriores.

