Última actualización: 10 octubre 2025
Al contratar los servicios de Kleo, confirmas que comprendes y aceptas lo siguiente:
1.1 Las presentes Condiciones Generales son de aplicación a todos los encargos recibidos por KLEO HUB, S.L. (“KLEO”) por cualquier persona física o jurídica (el “CLIENTE”) para la prestación de los servicios ofertados por KLEO. Estas Condiciones Generales se encuentran a disposición del CLIENTE y público en general en la página Web de la empresa: www.kleohub.com.
1.2 El CLIENTE acepta que estas Condiciones Generales de contratación se apliquen a la prestación de servicios contratados de forma electrónica con KLEO. Estas Condiciones Generales son aceptadas por el CLIENTE en el momento de aceptar el encargo. Salvo que este documento admita lo contrario, tendrán preferencia sobre cualquier otro documento previo a la formalización del encargo.
1.3 En caso de no aceptación de estas condiciones, el CLIENTE deberá manifestar su rechazo de forma expresa. Formalizando el pago de los honorarios de KLEO, las presentes condiciones se considerarán válidamente celebradas.
1.4 KLEO podrá modificar las presentes Condiciones Generales para adaptarlas a los cambios normativos o como consecuencia de la ampliación de los servicios ofertados. Las modificaciones se publicarán en la web y serán aplicables a nuevas contrataciones o renovaciones posteriores a su publicación, sin que ello afecte a las solicitudes ya contratadas bajo condiciones anteriores.
2.1 El objeto de estas Condiciones Generales es la contratación por parte del CLIENTE de los siguientes servicios por parte de KLEO:
2.2 Los servicios descritos únicamente son de carácter financiero, por lo que en ningún caso incluyen la asesoría en los aspectos legales, fiscales, laborales, medioambientales o de cualquier otra índole no financiera que tengan o puedan tener impacto en la obtención de la financiación ni que sean exigibles para su obtención. Por ello, la prestación de servicios por parte de KLEO no sustituye en ningún caso la pertinencia por parte del CLIENTE de contar con el debido asesoramiento legal, fiscal, laboral o medioambiental para la efectiva ejecución de la transacción.
2.3 KLEO puede delegar la ejecución de todo o parte de sus servicios a un agente o subcontratista de su confianza y el CLIENTE autoriza a KLEO a facilitar toda la información necesaria al agente o al subcontratista para que puedan llevar a cabo dicha ejecución.
2.4 El CLIENTE acepta que KLEO, al suministrar dichos servicios, no sustituye al CLIENTE o a un tercero ni le exonera de sus obligaciones, ni asume, abrevia, se abroga o pretende exonerar de los deberes del CLIENTE frente a un tercero o de un tercero frente al CLIENTE.
2.5 KLEO actúa exclusivamente como intermediario en materia de financiación, ofreciendo un servicio de gestión con las entidades financiadoras sin asumir decisiones financieras ni intervenir en nombre propio en las operaciones de financiación. No presta servicios financieros sometidos a la supervisión de la CNMVo del Banco de España, si no que KLEO identifica, cuantifica, estructura y gestiona la solicitud de financiación hasta su concesión.
3.1 Los servicios contratados por El CLIENTE serán aquellos especificados en las condiciones específicas o propuesta de servicios elaborada expresamente para El CLIENTE. En cuanto al alcance de los servicios contratados por El CLIENTE, salvo que las condiciones específicas establezcan un alcance personalizado, cada servicio comprenderá las funciones que a continuación se describen para cada uno de ellos:
Servicios de búsqueda y obtención de financiación.
Una vez detectada la línea de financiación más favorable, los servicios consistirán en:
3.2 Adicionalmente, y previa solicitud del CLIENTE, los servicios de KLEO podrán consistir en la justificación de líneas de financiación ya aprobadas y resueltas positivamente por el organismo adjudicador, persona o entidad concedente, pudiendo haber sido o no desembolsadas, total o parcialmente. Este servicio tendrá la consideración de servicio adicional independiente, no estando incluido
automáticamente en la contratación de los servicios anteriormente descritos. Así, su contratación será opcional por parte del CLIENTE y será facturable conforme a los honorarios que KLEO establezca en el momento de su encargo, y en cualquier caso en conformidad de las condiciones establecidas en estas Condiciones Generales.
Dichos servicios podrán solicitarse para la justificación parcial, intermedia o final de ayudas o préstamos concedidos, ya sean gestionados por KLEO o por terceros y podrán incluir las siguientes funciones:
4.1 Salvo establecimiento de una duración distinta en las condiciones específicas del CLIENTE, la prestación de los servicios por parte de KLEO será por un periodo de un (1) año a partir de la fecha de firma de las condiciones específicas, pudiendo terminar antes en caso de que la efectiva ejecución y cierre de la obtención de la financiación se realice en un periodo menor. Si en ese periodo el CLIENTE no hubiera conseguido obtener la financiación, la prestación de los servicios por KLEO será renovada automáticamente por períodos de igual duración, salvo renuncia expresa y por escrito con una antelación mínima de un (1) mes por cualquiera de las Partes.
4.2 La vigencia del contrato nunca será resuelta mientras el procedimiento de financiación se esté tramitando, una vez ésta haya finalizado, podrá resolverse de forma libre por el cliente, con el plazo de preaviso pactado.
5.1 El CLIENTE deberá:
5.2 Una vez identificada la opción de financiación más favorable para el CLIENTE y el inicio de los servicios de preparación de la solicitud de financiación, éste se compromete a otorgar exclusividad a KLEO para la prestación de los servicios destinados a la obtención de dicha financiación hasta la obtención de la misma, salvo en los casos explícitamente acordados en los que no aplique dicha exclusividad.
5.3 El CLIENTE declara conocer que para ser beneficiario de cualquier ayuda o financiación pública es imprescindible, al menos:
5.4 En caso de que el CLIENTE solicite a KLEO la gestión de financiación pública en relación con algunos de los siguientes servicios:
El CLIENTE otorga a KLEO exclusividad para la gestión del resto de los servicios anteriormente enumerados, salvo autorización por escrito de KLEO para que un tercero ajeno a KLEO preste los servicios de gestión de financiación y ayudas de los mismos.
De la misma forma, en caso de que el CLIENTE solicite a KLEO la gestión de financiación pública en relación con algunos de los siguientes servicios:
El CLIENTE otorga a KLEO exclusividad para la gestión del resto de los servicios anteriormente enumerados, salvo autorización por escrito de KLEO para que un tercero ajeno a KLEO preste los servicios de gestión de financiación y ayudas de los mismos.
6.1 KLEO deberá:
6.2 Asimismo, KLEO manifiesta que la capacidad para llevar a cabo sus servicios dependerá en gran medida de la disponibilidad de opciones de financiación que se adecúen al perfil del CLIENTE, así como de la complejidad de las operaciones llevadas a cabo por el CLIENTE en relación con el proyecto, de la etapa de desarrollo en la que se encuentre y de la disponibilidad de la información necesaria para llevarlos a cabo.
6.3 La responsabilidad de KLEO frente al CLIENTE derivada de la prestación de los servicios, sea cual fuere su causa o naturaleza, quedará limitada, en todo caso, al importe total de los honorarios efectivamente pagados por el CLIENTE por el servicio que haya originado la reclamación. En ningún caso KLEO responderá por lucro cesante, pérdida de oportunidad o cualesquiera daños indirectos.
7.1 En la prestación de servicios de búsqueda y obtención de financiación, los honorarios se componen de un fijo y otra parte variable calculada sobre el importe obtenido de la financiación. Dichos honorarios dependerán, en cada caso, de la naturaleza y complejidad de la financiación solicitada por el CLIENTE.
7.2 A menos que los honorarios hayan sido establecidos explícitamente entre KLEO y el CLIENTE en el momento de la contratación de los servicios, estos se ajustarán a las tarifas estándar de KLEO vigentes en el momento de la contratación.
7.3 Los honorarios fijos serán los establecidos por KLEO en el momento de la contratación de los servicios, previa aceptación por el CLIENTE.
7.4 En caso de que, por la naturaleza y los procedimientos establecidos para la solicitud de una línea de financiación, existan honorarios adicionales a pagar a terceras entidades, públicas o privadas, KLEO refacturará dichos honorarios al CLIENTE, y éstos se verán reflejados en el momento de la contratación de los servicios o se notificarán al CLIENTE tan pronto sean conocidos, para su aceptación explícita por el CLIENTE.
7.5 Los honorarios variables serán calculados sobre el importe total de la
financiación efectivamente concedida en el momento de la resolución favorable, donde se aplicará el porcentaje correspondiente al tipo de instrumento financiero en cuestión, pudiendo una misma concesión otorgar más de un tipo de instrumento financiero. Los honorarios aplicables serán los siguientes:
7.6 Los honorarios variables anteriores no incluyen el importe de los impuestos aplicables, y todos los impuestos aplicables a los honorarios, tanto fijos como variables, serán por cuenta del CLIENTE.
7.7 Para aquellas opciones de financiación, tales como la obtención de sellos y certificaciones, que den acceso a beneficios fiscales o acceso a financiación, pero que por su naturaleza no conlleven la obtención de fondos o deducciones de forma directa, no serán aplicables los honorarios variables de la tabla anterior.
7.8 Los honorarios variables tendrán un importe mínimo para cuantías de bajo importe, siendo éstos los establecidos por KLEO en el momento de la contratación de los servicios, previa aceptación por el CLIENTE. Para cuantías conseguidas en relación con las deducciones fiscales de I+D+i y bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador, la tasa mínima será en todo caso de TRES MIL EUROS (3.000 €), más IVA, por anualidad justificada.
7.9 El servicio de justificación de ayudas, en caso de ser requerido por el CLIENTE una vez aprobada y/o desembolsada la financiación, tendrá la consideración de servicio adicional independiente a la solicitud de financiación. Este servicio se facturará conforme a los honorarios adicionales acordados en el momento de su contratación, se devengarán al inicio del encargo de justificación, siendo independientes de los honorarios variables vinculados a la obtención de la ayuda
En ningún caso se entenderá que la contratación de los servicios de solicitud de financiación incluye de forma implícita la gestión de justificación, salvo contratación expresa por el CLIENTE.
7.10 Los costes derivados de auditorías externas, asesores y servicios
profesionales independientes, o verificaciones requeridas por la propia
Administración, organismos públicos o entidades financiadoras, no están incluidos en los honorarios de KLEO y deberán ser asumidos directamente por el CLIENTE.
8.1 El honorario fijo se devenga y se factura en el momento de la solicitud de tramitación y aceptación del presente contrato, debiendo ser satisfecho por el CLIENTE en ese momento, previo inicio de los servicios, a través de la plataforma online de KLEO.
En caso de que, por motivos técnicos o excepcionales, el pago se realice mediante cualquier cualquier canal alternativo propuesto para su fin y habilitado por KLEO, dicho pago implicará igualmente la aceptación íntegra y vinculante de las presentes Condiciones Generales de Contratación y producirá los mismos efectos jurídicos que la aceptación electrónica realizada en la plataforma.
8.2 Los honorarios variables se devengan en la fecha de la resolución favorable del expediente, cuando la solicitud de financiación ha sido aprobada por la entidad concedente y/o se realiza la comunicación oficial de la propuesta de concesión de la financiación, siendo ésta independiente de la fecha efectiva de desembolso de los fondos. El CLIENTE deberá efectuar el pago de la misma a más tardar treinta (30)
días después de la fecha de la factura o dentro de cualquier otro plazo que establezca KLEO en la factura (la “Fecha de Vencimiento”).
8.3 El CLIENTE se obliga a comunicar a KLEO, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, la resolución favorable o cualquier comunicación relacionada con la aprobación de la financiación, y KLEO podrá requerir documentación acreditativa al CLIENTE para validar la concesión de la financiación y los términos estipulados.
En caso de ocultación deliberada de la resolución o de omisión en la comunicación, KLEO podrá reclamar los honorarios variables en base a la información publicada por el organismo concedente. En caso de ocultación deliberada o comunicación extemporánea, KLEO podrá emitir la factura correspondiente con base en la información pública o verificable del expediente, siendo el CLIENTE responsable de los daños o retrasos ocasionados.
8.4 No obstante de lo anterior, KLEO podrá ofrecer, para cada caso concreto, el aplazamiento del pago hasta la fecha efectiva del primer desembolso de la financiación o disposición de los fondos concedidos, total o parcial, (la “Fecha de Aplazamiento”) para aquellos trámites que impliquen un desembolso o puesta a disposición monetaria.
Dicho pago aplazado implicará un recargo contractual en concepto de pago diferido, cuyo importe será el establecido por KLEO en el momento del devengo de la factura de los honorarios variables. En su defecto, el recargo se calculará aplicando un incremento equivalente el tipo de interés legal del dinero aplicable.
Dicho aplazamiento deberá ser solicitado expresamente por el CLIENTE, y en ningún caso el aplazamiento podrá superar un plazo máximo de seis (6) meses desde la resolución favorable del expediente, fecha en la que se devengan los honorarios variables.
A modo aclaratorio, dicho recargo no constituye un servicio financiero ni un interés remuneratorio, sino un mayor precio contractual por extensión del periodo de pago.
En cualquier caso, el aplazamiento no modifica la fecha de devengo de los honorarios variables ni afecta a la exigibilidad de la obligación de pago.
8.5 De no efectuar el pago del honorario fijo o del variable en la fecha estipulada, ni en la fecha aplazada previa aceptación y aprobación por las Partes, el CLIENTE deberá pagar intereses de mora al tipo del interés legal del dinero aplicable. Dichos intereses comenzarán a devengarse a partir de la Fecha de Vencimiento o la Fecha de Aplazamiento, en su caso, hasta (e incluyendo) la fecha en la cual el pago sea realmente recibido por KLEO.
8.6 Para importes obtenidos en relación con las deducciones fiscales de I+D+i y bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador y técnico, la facturación se realizará acorde con el cumplimiento de los siguientes hitos conseguidos:
8.7 El CLIENTE no podrá retener o diferir los pagos de una suma adeudada a KLEO a causa de cualquier disputa, contrademanda o compensación que pueda alegar contra KLEO.
8.8 KLEO puede decidir si emprende una acción para el cobro de los honorarios no pagados ante un tribunal de jurisdicción competente. El CLIENTE se compromete a pagar a la Compañía todos los costos de cobro, incluyendo los honorarios legales y otros costes relacionados.
9.1 Las partes serán responsables de los daños y perjuicios que produzcan sus incumplimientos contractuales. Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato de prestación de servicios en los siguientes casos:
9.2 Si el CLIENTE requiere una nueva presentación, subsanación o ampliación de información derivada de un cambio en la convocatoria, normativa o requisitos de la entidad concedente, se considerará una nueva solicitud independiente sujeta a honorarios adicionales, salvo pacto escrito en contrario por las Partes.
9.3 Sin perjuicio de la interposición de cuantas acciones legales sean pertinentes y la reclamación de daños y perjuicios, el CLIENTE se compromete a satisfacer las siguientes penalidades:
9.4 En caso de modificación, subsanación o reconfiguración del expediente por causas ajenas a KLEO (por ejemplo, reducción de presupuesto, cambio de convocatoria, desistimiento o renuncia del CLIENTE), los honorarios devengados se mantendrán íntegros, salvo pacto escrito en contrario.
9.5 La resolución de la prestación de los servicios por parte del CLIENTE no supondrá en ningún caso la exoneración de sus obligaciones de pago, por lo que deberá satisfacer las cantidades pactadas y debidas conforme a los criterios estipulados en las presentes Condiciones Generales.
10. Propiedad intelectual e industrial
10.1 Las partes se comprometen a respetar la propiedad de los derechos de propiedad intelectual e industrial (incluyendo, pero no limitado a, todas las patentes, derechos de autor, secretos comerciales, marcas comerciales, derechos de propiedad industrial, modelos de datos, programas informáticos, metodologías, código fuente y todos los demás derechos de propiedad y derechos exclusivos) ya existentes sobre el conocimiento de la otra parte en todo momento.
10.2 El CLIENTE autoriza a KLEO a emplear su logo para incluirlo en su portfolio de clientes y proyectos financiados, así como en su propia página web. La presente autorización no constituye cesión alguna de la propiedad intelectual e industrial del CLIENTE a favor de KLEO.
10.3 El CLIENTE no podrá utilizar, total o parcialmente, las memorias, informes, cálculos o documentación elaborada por KLEO para la obtención de financiación por terceros o mediante presentación directa, salvo autorización expresa y por escrito.
En caso contrario, KLEO podrá reclamar los honorarios variables previstos en estas Condiciones Generales como si la financiación hubiera sido gestionada directamente por KLEO.
11.1 Ambas partes se obligan durante y con posterioridad a la vigencia de la prestación de los servicios a tratar toda la información manejada, las informaciones facilitadas entre ellas, así como la obtenida por ejecución de la prestación del servicio de forma estrictamente confidencial, cumpliendo las siguientes obligaciones:
11.2 Las obligaciones anteriores no serán de aplicación a ninguna divulgación de información en el caso y en la medida en que dicha divulgación sea:
12.1 KLEO no aplicará los datos personales que trate ni los utilizará con fin distinto a la prestación de los servicios, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, fuera de las comunicaciones necesarias para el desempeño de sus labores profesionales.
12.2 KLEO se compromete a adoptar las medidas de seguridad exigidas por la legislación y normativa protectora de datos personales.
12.3 En el caso de que KLEO destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de estas Condiciones Generales responderá de las consecuencias que origine dicha infracción e indemnizará al CLIENTE de todos los perjuicios que ello le ocasione.
12.4 En todo caso, ambas partes se comprometen a observar la legislación y normativas complementarias en materia de protección de datos de carácter personal en todo lo que les pueda ser de aplicación.
12.5 Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, el CLIENTE queda informado de lo siguiente: (i) los datos de carácter personal del firmante de la propuesta de prestación de servicios quedarán incorporados a los ficheros y tratamientos propiedad de KLEO; (ii) la finalidad de dichos ficheros será la ejecución de la prestación de servicios así como la de prestar, mejorar y completar los servicios que se ofrecen; (iii) la legitimidad con la que se utilizan dichos datos es para el cumplimiento de las presentes obligaciones contractuales; (iv) la duración del tratamiento se extenderá mientras dure la relación contractual y, posteriormente, por los plazos legales de conservación aplicables; y (v) podrá ejercer los derechos otorgados por la normativa de protección de datos para acceder, limitar, rectificar, oponerse o portar sus datos en la dirección de correo electrónico [email protected].
13.1 El CLIENTE actúa bajo la condición de RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, y autoriza expresamente a que KLEO, actuando bajo su condición de ENCARGADO
DEL TRATAMIENTO, acceda a los datos personales de su responsabilidad y que sean necesarios para la ejecución de los servicios contratados, el cual no los aplicará ni los utilizará para un fin distinto del establecido en el mismo y seguirá en todo momento sus instrucciones.
13.2 El CLIENTE para la correcta prestación de los servicios requeridos pondrá a disposición de KLEO los siguientes tipos de datos y categoría de interesados:
13.3 Corresponde al CLIENTE recoger los datos de carácter personal bajo las premisas marcadas por la normativa, facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos y tratarlos legítimamente.
13.4 KLEO únicamente comunicará los datos personales a los que tenga acceso a las instituciones y Organismos Públicos o Privados que sean competentes para la obtención de la financiación solicitada. Por otra parte, el CLIENTE autoriza a KLEO a subcontratar con profesionales independientes las revisiones y presentaciones de los expedientes para la obtención de las lineas financieras solicitadas. El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, quedará obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento y las instrucciones que dicte el CLIENTE como responsable del tratamiento. Corresponderá a KLEO regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad...) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, KLEO seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
13.5 A la expiración o terminación de la relación contractual, KLEO se obliga a elección del CLIENTE a:
13.6 No obstante de lo anterior, KLEO podrá conservar, debidamente bloqueada, cualquier información utilizada durante la prestación de sus servicios con el fin de presentar las justificaciones que en su caso pudieran requerir las instituciones y Organismos Públicos o Privados que hayan participado en la financiación solicitada o mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución del contrato.
13.7 KLEO se obliga en este acto a guardar secreto profesional de los datos de carácter personal a los que tenga acceso en virtud de este Contrato aún después de finalizada la relación jurídica entre las partes, igualmente, garantiza y se obliga a que aquellas personas (personal propio y/o subcontratado) que tenga acceso a los datos para la ejecución del presente contrato, hayan aceptado por escrito un compromiso expreso de confidencialidad y haber recibido una adecuada concienciación y capacitación en protección de datos de carácter personal acorde a su puesto de trabajo, encontrándose en disposición de poder acreditarlo.
13.8 KLEO ha adoptado las medidas de seguridad de índole técnicas y organizativas necesarias para garantizar el nivel de seguridad adecuado al riesgo según lo establecido en el artículo 32 del RGPD y en concreto, ha implantado de seguridad que permiten:
13.9 KLEO se compromete a poner a disposición del CLIENTE toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato y en la normativa de protección de datos. Por ello, cuando el CLIENTE lo solicite, KLEO pondrá a su disposición toda la información y documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones.
13.10 KLEO notificará al CLIENTE, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 36 horas, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
13.11 Se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
13.12 Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
13.13 Corresponde al CLIENTE comunicar las violaciones de seguridad de los datos a la Agencia Española de Protección de Datos.
13.14 En el caso de que KLEO reciba cualquier petición por parte de los titulares de datos relativa al ejercicio de sus derechos en materia de protección de datos de carácter personal, deberá comunicarlo al CLIENTE de manera inmediata y en ningún caso más allá del tercer día laborable siguiente a la recepción de la solicitud, conjuntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
14.1 Si por cualquier causa cualquier cláusula de estas Condiciones Generales, o una parte de ellas, fuera declarada nula, inválida o inaplicable, o se considerase que existe alguna omisión de información por parte de cualquiera de las partes por un Juez o institución con suficiente competencia y capacidad, el resto de las cláusulas seguirán siendo plenamente vigentes y aplicables.
15. Ley aplicable y jurisdicción
15.1 Este Contrato se regirá por legislación común española.
15.2 La aceptación electrónica de las presentes Condiciones Generales en la plataforma de KLEO constituye consentimiento expreso conforme al artículo 23 de la Ley 34/2002 (LSSI) y al Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS), teniendo la misma validez jurídica que la firma manuscrita.
15.3 A efectos probatorios, KLEO conservará los registros electrónicos de aceptación del CLIENTE (fecha, hora, dirección IP, versión de las Condiciones Generales y comprobante de pago o validación en la plataforma), que constituirán prueba plena de la contratación y aceptación de las presentes Condiciones.
15.4 En caso de discrepancia entre las presentes Condiciones Generales, la información visualizada en la plataforma o cualquier comunicación electrónica o comercial, prevalecerán las Condiciones Generales y el contrato aceptado.
15.5 En caso de discrepancia sobre la interpretación o alcance de los honorarios, condiciones económicas o fases del servicio, prevalecerá la interpretación literal de las presentes Condiciones Generales y, en su defecto, la que resulte más coherente con la práctica habitual de KLEO en servicios de naturaleza análoga.
15.6 Para la resolución de cualquier disputa o controversia que pudiera surgir sobre la interpretación, vigencia o aplicación del presente Contrato, las Partes, con renuncia a su fuero propio si lo tuvieran, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.